Tijuana.- Faltan pocos días para que venza el plazo para la presentación de la declaración anual de personas físicas, período clave para los contribuyentes del país.
De acuerdo a Pablo César Castañeda, Socio de impuestos de la firma CAZA consultores, señaló que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no ha publicado una prórroga para su presentación como lo fue en los años pasados, señalando que en 2021 hubo prórroga para presentarla hasta el 31 de mayo, ampliando la fecha límite.
Subrayó que para este 2022 no es el caso y 30 de abril es el límite, pero al ser fecha inhábil, los contribuyentes tendrían hasta el 2 de mayo próximo.
“Desde la segunda quincena del mes de abril ya se habían presentado cerca del 60% de las declaraciones anuales de personas físicas que la presentaban ante la autoridad”, agregó el experto.
Pablo César Castañeda, dejó una serie de recomendaciones para estos últimos días del período de declaración anual, que podrían ser útiles para los contribuyentes.
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Sugerencia 1: “No presentar la declaración anual es motivo para que autoridad imponga multas, por eso es importante saber que estás obligado, hay supuestos dónde no estás obligado. Ejemplo de que sí estás obligado es si obtuviste ingresos mayores a 400 mil pesos.
Sugerencia 2: “La autoridad pre-carga o pre-llena la información de esta declaración anual y lo toma de este base de datos. Los ingresos los toma de tu nóminas timbradas, tus retenciones de la nómina. Las deducciones personales de la factura, pero sí la información no es correcta o no está completa, no coincide con lo real, vamos a tener que hacer las correcciones respectivas, por eso es muy importante validar que la información esté correcta y completa”.
Sugerencia 3: “En deducciones personales está las toma de la factura timbradas. Es muy importante validar y que estén todas las deducciones personales que tenemos, sino hacer las modificaciones que todas las deducciones que está considerando la autoridad realmente la podemos incluir, porque si la deducción personal se pagó en efectivo, aunque se pagó la factura, no podríamos incluirla o podría ser motivo de rechazo el saldo a favor. No olvidemos que existen límites para deducciones personales, este límite es el 15% del ingreso”.
Sugerencia 4: “Si tenemos saldo a favor, cuidemos registrar la clave de una cuenta bancaria que esté registrada a nuestro nombre y si el saldo a favor supera los 10 mil pesos, debemos utilizar la E-firma para enviar la declaración. Es muy importante tener la E-firma actualizada”.