Bienestar apoya con $1,600 al mes a hijos de madres trabajadoras de BC

Si aún no estas inscrito en este programa, conoce los requisitos para saber si eres candidato

Itzel Anaya / El Sol de Tijuana

  · martes 24 de septiembre de 2024

Imagen de Víctor González en Pixabay / Programas para el Bienestar

Bienestar de Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras es uno de los muchos beneficios de “Programas para el Bienestar” del Gobierno de México. Su principal objetivo es proporcionar apoyo económico a aquellos niños, adolescentes y jóvenes que se encuentren en una situación vulnerable, además de no contar temporal o parcialmente con uno o ambos padres.

Así con esta aportación podrán obtener una manutención, apoyo el cual será entregado a la madre, padre o tutor del beneficiario. Estos son los siguientes apoyos:

1. Niñas y niños recién nacidos y hasta los 4 años: 1,600 pesos bimestrales

2. Niñas y niños con discapacidad recién nacidos y hasta los 6 años: 3,600 pesos bimestrales

Gobierno de México

*En caso de orfandad materna el apoyo se extiende hasta los 23 años, además de que el monto total podría variar dependiendo la edad.

*Límite de tres beneficiarios por hogar.

Requisitos

  • Ser madre, padre o tutor de un niño menor de 4 años de edad.
  • Que la madre, padre o tutor esté trabajando, buscando empleo o estudiando y no cuenten con el servicio de cuidado y atención infantil.
  • Acta de nacimiento (original y copia) del niño, padres o tutor.
  • CURP (original y copia) del niño, padres o tutor.

  • Identificación oficial vigente (original y copia) del niño, padres o tutor.
  • Comprobante de domicilio (agua, luz, teléfono, predial o constancia de residencia) en original y copia.
  • Escrito libre bajo protesta de decir verdad en donde se señale si trabaja, busca trabajo o si está estudiando. En caso de estar estudiando, se deberá presentar una constancia de estudios emitida por la institución.
  • Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE, las cuales podrán tramitarse e imprimirse desde el portal de internet correspondiente a cada institución (se excluye de este requisito a los tutores).
  • En el caso de las niñas y niños con discapacidad, cuando ésta no sea visible para el personal de apoyo de la Secretaría se requerirá certificado médico original emitido por alguna institución pública del sector salud o por médico con cédula profesional, especialista en el tipo de discapacidad.

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  • Para el caso de hijas e hijos en situación de orfandad materna que sean menores de edad se requiere de una persona que funja como responsable para realizar el trámite que, además, firmará una carta responsiva en formato libre en donde asumirá el compromiso de hacer uso del recurso para los fines del programa. Si el o la beneficiaria es mayor de edad y menor de 24 años, se podrá realizar el trámite de manera individual.
  • En caso de que el beneficiario esté en situación de orfandad materna, se deberá comprobar el fallecimiento de la madre a través de un acta de defunción o de presunción de muerte no mayor a tres meses de antigüedad.

Procedimiento

  • Para ser beneficiario de este apoyo es necesario llenar el formato que se otorgará en las sedes de la Secretaría de Bienestar de cada estado.
  • Se realizarán visitas a los domicilios para hacer el censo correspondiente.

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