/ viernes 8 de abril de 2022

Confusión en el sector empresarial sobre el permiso a empleados para votar este domingo

Enrique Maldonado, experto en temas laborales, señaló que aún no ha sido publicada la reforma al respecto

Tijuana.- El sector empresarial aún no tiene claro si está obligado a dar permiso, y si este es con goce de sueldo o no, para que los empleados acudan a votar en la consulta de revocación de mandato que se llevará a cabo este próximo domingo 10 de abril.

Enrique Maldonado, experto en temas laborales, señaló que aún no ha sido publicada la reforma al respecto, que esperaban fuera en los primeros días de esta semana.

“El problema es que no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación ,mientras no esté publicado no hay obligación, porque no hay reforma y seguimos en lo mismo”, expuso ante socios de Asociación de Recursos Humanos de la Industria de Tijuana (Arhitac).

“No estamos obligados a darles permiso hasta ahora”, reiteró.

Pidió estar atentos porque cuando se publican las reformas lo más común es que diga que entra en vigor al siguiente día de su publicación.

“A veces son publicaciones matutinas o vespertinas, sabadazos, madruguetes”, dijo.

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De acuerdo con Mayra Amezquita, presidenta de Arhitac, alrededor de 30% de las empresas asociadas a Arhitac laboran los domingo, aunque no puedo precisar cuántos empleados son porque varía, pues labora solo una parte.

“Estamos buscando la forma de facilitar a nuestros colaboradores este tiempo, en caso de que se publique esta reforma nos apegaremos a lo que se establezca, agregó.

No obstante, Enrique Maldonado precisó que el artículo 132 dice que “se le debe de conceder el tiempo necesario, no el día completo, para el ejercicio del voto para elecciones populares”, aunque “estas no son elecciones populares”.

Sin embargo en el proyecto de reforma si incluyen: y en los procesos de revocación de mandato”, que es el que viene este próximo domingo 10 de abril, añadió.

Agregó que la Ley del Trabajo especifica que sólo se da permiso con goce de sueldo, como en la paternidad y cuando adoptan un infante.

“En mi criterio personal, es un permiso sin goce de sueldo”, opinó.

También advirtió que en el artículo 12, dice que cuando la norma no sea clara, se deberá interpretar de la manera más favorable del trabajador.

Recomendó ir un poco al nivel de tolerancia que no perjudique a la empresa para no correr ningún riesgo.

Tijuana.- El sector empresarial aún no tiene claro si está obligado a dar permiso, y si este es con goce de sueldo o no, para que los empleados acudan a votar en la consulta de revocación de mandato que se llevará a cabo este próximo domingo 10 de abril.

Enrique Maldonado, experto en temas laborales, señaló que aún no ha sido publicada la reforma al respecto, que esperaban fuera en los primeros días de esta semana.

“El problema es que no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación ,mientras no esté publicado no hay obligación, porque no hay reforma y seguimos en lo mismo”, expuso ante socios de Asociación de Recursos Humanos de la Industria de Tijuana (Arhitac).

“No estamos obligados a darles permiso hasta ahora”, reiteró.

Pidió estar atentos porque cuando se publican las reformas lo más común es que diga que entra en vigor al siguiente día de su publicación.

“A veces son publicaciones matutinas o vespertinas, sabadazos, madruguetes”, dijo.

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De acuerdo con Mayra Amezquita, presidenta de Arhitac, alrededor de 30% de las empresas asociadas a Arhitac laboran los domingo, aunque no puedo precisar cuántos empleados son porque varía, pues labora solo una parte.

“Estamos buscando la forma de facilitar a nuestros colaboradores este tiempo, en caso de que se publique esta reforma nos apegaremos a lo que se establezca, agregó.

No obstante, Enrique Maldonado precisó que el artículo 132 dice que “se le debe de conceder el tiempo necesario, no el día completo, para el ejercicio del voto para elecciones populares”, aunque “estas no son elecciones populares”.

Sin embargo en el proyecto de reforma si incluyen: y en los procesos de revocación de mandato”, que es el que viene este próximo domingo 10 de abril, añadió.

Agregó que la Ley del Trabajo especifica que sólo se da permiso con goce de sueldo, como en la paternidad y cuando adoptan un infante.

“En mi criterio personal, es un permiso sin goce de sueldo”, opinó.

También advirtió que en el artículo 12, dice que cuando la norma no sea clara, se deberá interpretar de la manera más favorable del trabajador.

Recomendó ir un poco al nivel de tolerancia que no perjudique a la empresa para no correr ningún riesgo.

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