Antonio Maya
La construcción del fraccionamiento Valle del Pedregal no debió aprobarse, porque el terreno no cumple con las calificaciones que exige la ley de Desarrollo Urbano en los artículos 114 y 117 del reglamento de Acciones de Urbanización de Tijuana, según expresa la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC), en la recomendación 10/2019 que hace al ayuntamiento de Tijuana.
El 2 de febrero del 2018 decenas de casas de la colonia Lomas del Rubí, -ubicadas a un costado de ese fraccionamiento- se derrumbaron, lo que dejó, según la CEDHBC, un total de 654 personas sin hogar.
De acuerdo con la CEDHBC, la Dirección de Administración Urbana (DAU), y el jefe de departamento de usos de suelos -Wilberth Francisco Almanza Yáñez- en la administración municipal de Jorge Astiazarán Orcí, adoptaron criterios imprudentes al autorizar la construcción de Valle del Pedregal. Ya que llevaron al límite de los extremos normativos posibles, la viabilidad de la realización de la obra.
De igual manera, la recomendación señala que la encargada de despacho del Instituto Metropolitano de Planeación del Ayuntamiento en ese entonces -Nora Elisa Márquez Carvajal- emitió, el 15 de febrero del 2016, la Evaluación de Estudio de Impacto Urbano; aún cuando el 65.23% del suelo del predio debió ser condicionado para la construcción y que el 14.54% no era apto para el desarrollo urbano.
Información recabada por la CEDHBC, del reporte de Protección Civil Municipal, indica que el 19 de febrero del año pasado, los residentes de la colonia Lomas del Rubí acudieron con esa dependencia a manifestar que en sus viviendas aparecieron grietas, derivadas de vibraciones provocadas por los movimientos de tierra que realizó la empresa Grupo Melo.
El documento refiere que personal de Protección Civil acudió al lugar para documentar el incremento de fisuras en casas y calles, así como crecimiento de fallas en el suelo y la ladera contigua al nuevo fraccionamiento.
La recomendación también va dirigida a la Secretaría de Salud del Estado, por negarse a una petición de la CEDH para otorgar medidas cautelares a los vecinos de Lomas del Rubí, que habían iniciado una huelga de hambre, con el argumento de carecer de personal y equipo destinados a prestar servicios de atención médica a domicilio.