/ jueves 5 de septiembre de 2024

Emite CEDHBC recomendación a la SSPCM por detención ilegal y tortura

Los elementos de la Policía Municipal de Tijuana realizaron una detención ilegal y arbitraria el pasado 19 de septiembre del 2020

Tijuana.— La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC) dirigió la Recomendación 5/2024 a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal de Tijuana.

El ombudsperson, Jorge Ochoa, indicó que esta Recomendación, la cual se emite tras la pausa establecida por el Organismo para no incidir en el periodo electoral, tuvo como motivo una serie de vulneraciones a la seguridad jurídica, a la libertad y a la integridad, por la detención ilegal y arbitraria, así como la tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes, en agravio de una persona.

A continuación, se hace una breve síntesis de los hechos:

El 19 de septiembre de 2020, a las 23:22 horas; V se encontraba afuera de su casa en el domicilio 1, en compañía de su novia y sus amigos, la víctima se encontraba abrazando a su novia, ambos sentados en la parte posterior de una camioneta; mientras sus amigos estaban platicando en la banqueta cerca de ellos, a una distancia aproximada de dos metros; cuando arribaron elementos de la Policía Municipal de Tijuana abordo de dos unidades oficiales, deteniendo la marcha de dichas unidades a la altura del vehículo sobre el cual estaba sentado V con su novia.

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El oficial AR1 descendió por la puerta del copiloto de la unidad 1, aproximándose directamente a la V, lo sujetó del brazo y cuello con ambas manos para ponerlo de pie, luego, lo empujó de modo que la V quedó sobre el cofre de una camioneta tipo pick up color rojo que se encontraba estacionada frente a ellos. En ese momento, el oficial AR2 intervino para sujetar a la V del hombro derecho; al mismo tiempo se aproximaron otros dos oficiales que venían abordo de la unidad 2, uno de ellos sujetó del hombro izquierdo a V, mientras el oficial AR1 le colocaba las esposas.


Posteriormente, lo trasladaron a un lote baldío, en donde V refirió que fue golpeado en diversas ocasiones y cuestionado sobre una cartera, propiedad de AR1 (cabe mencionar que V refirió que, el mismo día de la detención descrita previamente, ya había sido detenido por AR1 y que, derivado de la interacción entre ellos, V se quedó en posesión de la cartera de AR1).

Alrededor de las 3:00 am del 20 de septiembre de 2020, la V fue puesta a disposición del Ministerio Público del orden común por la posible comisión de delitos contra la salud en la modalidad de narcomenudeo, presentando las siguientes lesiones: “laceración rojiza de 0.5 mm en mucosa interna del labio bucal, excoriación rojiza de 1 cm x 2.5 cm en tórax anterior derecho, 1 excoriación rojiza de 0.5 mm x 3 cm en cadera posterior derecha”.

El 21 de septiembre de 2020, el Ministerio Público determinó la libertad de V por calificar de ilegal la detención y posteriormente, el 22 de septiembre de 2020, V interpuso una denuncia en la Fiscalía General del Estado de Baja California por la probable comisión del delito de abuso de autoridad.

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Por lo anterior, la CEDHBC dirigió los siguientes puntos recomendatorios a la Sspcm:

Ofrecer atención médica y psicológica a V; asignar a una persona de enlace con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas de Baja California para emitir el proyecto de reparación para la víctima y se proceda a la inmediata reparación integral del daño; convocar a las autoridades competentes en materia de transparencia, áreas jurídicas o similares a una mesa de trabajo con la finalidad de llevar a cabo una revisión integral de los manuales, protocolos y lineamientos con los que cuenta la Sspcm con relación a las prácticas administrativas en el interior de las delegaciones de Tijuana; publicar a través del portal institucional la presente Recomendación; y anexar el presente pronunciamiento en los expedientes laborales de las autoridades señaladas como responsables.

Tijuana.— La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC) dirigió la Recomendación 5/2024 a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal de Tijuana.

El ombudsperson, Jorge Ochoa, indicó que esta Recomendación, la cual se emite tras la pausa establecida por el Organismo para no incidir en el periodo electoral, tuvo como motivo una serie de vulneraciones a la seguridad jurídica, a la libertad y a la integridad, por la detención ilegal y arbitraria, así como la tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes, en agravio de una persona.

A continuación, se hace una breve síntesis de los hechos:

El 19 de septiembre de 2020, a las 23:22 horas; V se encontraba afuera de su casa en el domicilio 1, en compañía de su novia y sus amigos, la víctima se encontraba abrazando a su novia, ambos sentados en la parte posterior de una camioneta; mientras sus amigos estaban platicando en la banqueta cerca de ellos, a una distancia aproximada de dos metros; cuando arribaron elementos de la Policía Municipal de Tijuana abordo de dos unidades oficiales, deteniendo la marcha de dichas unidades a la altura del vehículo sobre el cual estaba sentado V con su novia.

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El oficial AR1 descendió por la puerta del copiloto de la unidad 1, aproximándose directamente a la V, lo sujetó del brazo y cuello con ambas manos para ponerlo de pie, luego, lo empujó de modo que la V quedó sobre el cofre de una camioneta tipo pick up color rojo que se encontraba estacionada frente a ellos. En ese momento, el oficial AR2 intervino para sujetar a la V del hombro derecho; al mismo tiempo se aproximaron otros dos oficiales que venían abordo de la unidad 2, uno de ellos sujetó del hombro izquierdo a V, mientras el oficial AR1 le colocaba las esposas.


Posteriormente, lo trasladaron a un lote baldío, en donde V refirió que fue golpeado en diversas ocasiones y cuestionado sobre una cartera, propiedad de AR1 (cabe mencionar que V refirió que, el mismo día de la detención descrita previamente, ya había sido detenido por AR1 y que, derivado de la interacción entre ellos, V se quedó en posesión de la cartera de AR1).

Alrededor de las 3:00 am del 20 de septiembre de 2020, la V fue puesta a disposición del Ministerio Público del orden común por la posible comisión de delitos contra la salud en la modalidad de narcomenudeo, presentando las siguientes lesiones: “laceración rojiza de 0.5 mm en mucosa interna del labio bucal, excoriación rojiza de 1 cm x 2.5 cm en tórax anterior derecho, 1 excoriación rojiza de 0.5 mm x 3 cm en cadera posterior derecha”.

El 21 de septiembre de 2020, el Ministerio Público determinó la libertad de V por calificar de ilegal la detención y posteriormente, el 22 de septiembre de 2020, V interpuso una denuncia en la Fiscalía General del Estado de Baja California por la probable comisión del delito de abuso de autoridad.

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Por lo anterior, la CEDHBC dirigió los siguientes puntos recomendatorios a la Sspcm:

Ofrecer atención médica y psicológica a V; asignar a una persona de enlace con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas de Baja California para emitir el proyecto de reparación para la víctima y se proceda a la inmediata reparación integral del daño; convocar a las autoridades competentes en materia de transparencia, áreas jurídicas o similares a una mesa de trabajo con la finalidad de llevar a cabo una revisión integral de los manuales, protocolos y lineamientos con los que cuenta la Sspcm con relación a las prácticas administrativas en el interior de las delegaciones de Tijuana; publicar a través del portal institucional la presente Recomendación; y anexar el presente pronunciamiento en los expedientes laborales de las autoridades señaladas como responsables.

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