/ jueves 4 de octubre de 2018

Emiten recomendación a la SSPM

Baja California es una entidad de origen, tránsito, destino y retorno de personas migrantes. Por el estado fueron repatriados, en los últimos 10 años, un millón 526 mil

Laura Bueno Medina

Tijuana.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC) emitió la Recomendación General 1/2018 dirigida a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal (SSPM) de Tijuana por la práctica de detenciones ilegales a personas en contexto de movilidad humana; es decir, que son migrantes por detenciones y retenciones arbitrarias, trato indigno, uso innecesario de la fuerza, entre otros.

Lo anterior, derivado una investigación en la que se realizaron 323 entrevistas a usuarios del desayunador, en las que fueron cuestionados sobre diversos ejes, entre los que se encuentra el trato recibido por parte de los elementos de la policía municipal de Tijuana, obteniendo que 50% de las personas censadas declararon que fueron detenidos por elementos policiales en la ciudad de Tijuana en los últimos quince días, de los cuales, 38% fueron detenidos tres o más veces.

Las principales razones de las detenciones de las personas en contexto de migración entrevistadas fueron: deambular (48%), no portar documentos de identificación (28%) y vestimenta (14%).

Las circunstancias que pudieran estar relacionadas por la persecución de un delito son apenas 10% de las detenciones realizadas en contra de estas personas.

Aunado a lo anterior, la defensoría ha recibido diversas quejas de este grupo en contexto de vulnerabilidad por sí mismos o por medio de organizaciones civiles. Las quejas se han presentado por presuntas violaciones a los derechos humanos, a la seguridad jurídica, igualdad, propiedad o posesión trato digno, libre tránsito, integridad y seguridad personal, entre las que se encuentran 20 expedientes en proceso de investigación.

El documento emitido por la CEDHBC expone que cada vez se vuelve más complicado en el territorio nacional el tránsito de los migrantes con repercusiones que, por lo general, son negativas, colocando a las personas en contexto de migración de cualquier nacionalidad en particular estado de vulnerabilidad enfrentándose a constantes violaciones a sus derechos humanos.

Como resultados del trabajo realizado por la CEDHBC, se encontró que los agentes de la SSPM llevan a cabo este tipo de conductas y toman indiciariamente elementos subjetivos de la personalidad de las víctimas, personas en contexto de migración, lo que, desde luego, constituye un acto discriminatorio que atenta contra el derecho a la igualdad y al trato digno que debe gozar toda persona. Es claro que los servidores públicos responsables de estas violaciones a derechos humanos se basan en rasgos físicos, vestimenta y apariencia para catalogar a las personas en contexto de movilidad humana, como “migrantes o como extranjeros”.

En las entrevistas, detalla la CEDHBC, documentó en diversos expedientes de queja en los que personas en contexto de migración narran ser víctimas de violaciones a sus derechos humanos por parte de elementos de la policial municipal de Tijuana, en su inmensa mayoría narran ser detenidos de forma arbitraria sin que quede motivo alguno que justifique su detención y, por lo tanto, restringiendo su libertad personal con total ausencia de legalidad afectando su seguridad jurídica.

Las declaraciones vertidas por las personas migrantes, que han decidido acudir ante este organismo protector en busca de justicia, si bien es cierto, forman parte de hechos diversos, llama la atención la similitud en el “modus operandi” de los agentes señalados en su narración de hechos.

Aunado a ello, en algunos de los expedientes de queja analizados para emitir la Recomendación General 1/2018, las personas agraviadas señalan que, tras ser liberados de la Estancia Municipal de Infractores, han sido puestas a disposición del Instituto Nacional de Migración por motivo de su presencia irregular en el país, lo que no solo resulta una situación grave para estas personas al enfrentar una posible deportación, sino que representa para los elementos de la policía municipal una extralimitación a sus facultades, como elementos de seguridad pública al no contar con atribuciones para realizar detenciones por cuestiones migratorias, lo cual resulta estar fuera de toda legalidad.

En atención a lo anterior, la CEDHBC considera procedente formularle a Marco Antonio Sotomayor Amezcua, secretario de Seguridad Pública Municipal de Tijuana, una serie de puntos para mejorar el trato a la población migrante.

Uno de los puntos es la implementación de un programa integral de educación, formación, capacitación y trabajo de campo en materia de derechos humanos de las personas en contexto de migración hacia el personal de la SSPM, que asigne un grupo especializado de la policía municipal que labore en el área de la zona centro de Tijuana, en donde, principalmente, se concentran personas en contexto de movilidad humana, quienes deberán contar con una amplia capacitación en materia de derechos de las personas en contexto de migración.

Además de implementar una campaña de concientización social que vislumbre el respeto al derecho, a la igualdad y a la no discriminación de los migrantes, garantizar que no se ejerza ninguna acción que victimice a las personas en contexto de migración, que se exhorte el trato digno, se realicen reuniones periódicas con los representantes legales de las asociaciones civiles dedicadas a la atención de la población migrante difundida ampliamente, la recomendación con todos los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal.

Cabe recordar que la CEDHBC, ya en la Recomendación General 01/2017, expresó la necesidad de corregir acciones de hostigamiento policial contra personas en situación de calle en que, por motivo de su aspecto, se les discrimina al considerárseles como presuntos responsables de delitos o delincuentes en potencia. Siendo evidente también que estas detenciones en nada abonan a la función preventiva de la policía municipal y, en cambio, sí perjudican a los grupos en situación de vulnerabilidad.

Laura Bueno Medina

Tijuana.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC) emitió la Recomendación General 1/2018 dirigida a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal (SSPM) de Tijuana por la práctica de detenciones ilegales a personas en contexto de movilidad humana; es decir, que son migrantes por detenciones y retenciones arbitrarias, trato indigno, uso innecesario de la fuerza, entre otros.

Lo anterior, derivado una investigación en la que se realizaron 323 entrevistas a usuarios del desayunador, en las que fueron cuestionados sobre diversos ejes, entre los que se encuentra el trato recibido por parte de los elementos de la policía municipal de Tijuana, obteniendo que 50% de las personas censadas declararon que fueron detenidos por elementos policiales en la ciudad de Tijuana en los últimos quince días, de los cuales, 38% fueron detenidos tres o más veces.

Las principales razones de las detenciones de las personas en contexto de migración entrevistadas fueron: deambular (48%), no portar documentos de identificación (28%) y vestimenta (14%).

Las circunstancias que pudieran estar relacionadas por la persecución de un delito son apenas 10% de las detenciones realizadas en contra de estas personas.

Aunado a lo anterior, la defensoría ha recibido diversas quejas de este grupo en contexto de vulnerabilidad por sí mismos o por medio de organizaciones civiles. Las quejas se han presentado por presuntas violaciones a los derechos humanos, a la seguridad jurídica, igualdad, propiedad o posesión trato digno, libre tránsito, integridad y seguridad personal, entre las que se encuentran 20 expedientes en proceso de investigación.

El documento emitido por la CEDHBC expone que cada vez se vuelve más complicado en el territorio nacional el tránsito de los migrantes con repercusiones que, por lo general, son negativas, colocando a las personas en contexto de migración de cualquier nacionalidad en particular estado de vulnerabilidad enfrentándose a constantes violaciones a sus derechos humanos.

Como resultados del trabajo realizado por la CEDHBC, se encontró que los agentes de la SSPM llevan a cabo este tipo de conductas y toman indiciariamente elementos subjetivos de la personalidad de las víctimas, personas en contexto de migración, lo que, desde luego, constituye un acto discriminatorio que atenta contra el derecho a la igualdad y al trato digno que debe gozar toda persona. Es claro que los servidores públicos responsables de estas violaciones a derechos humanos se basan en rasgos físicos, vestimenta y apariencia para catalogar a las personas en contexto de movilidad humana, como “migrantes o como extranjeros”.

En las entrevistas, detalla la CEDHBC, documentó en diversos expedientes de queja en los que personas en contexto de migración narran ser víctimas de violaciones a sus derechos humanos por parte de elementos de la policial municipal de Tijuana, en su inmensa mayoría narran ser detenidos de forma arbitraria sin que quede motivo alguno que justifique su detención y, por lo tanto, restringiendo su libertad personal con total ausencia de legalidad afectando su seguridad jurídica.

Las declaraciones vertidas por las personas migrantes, que han decidido acudir ante este organismo protector en busca de justicia, si bien es cierto, forman parte de hechos diversos, llama la atención la similitud en el “modus operandi” de los agentes señalados en su narración de hechos.

Aunado a ello, en algunos de los expedientes de queja analizados para emitir la Recomendación General 1/2018, las personas agraviadas señalan que, tras ser liberados de la Estancia Municipal de Infractores, han sido puestas a disposición del Instituto Nacional de Migración por motivo de su presencia irregular en el país, lo que no solo resulta una situación grave para estas personas al enfrentar una posible deportación, sino que representa para los elementos de la policía municipal una extralimitación a sus facultades, como elementos de seguridad pública al no contar con atribuciones para realizar detenciones por cuestiones migratorias, lo cual resulta estar fuera de toda legalidad.

En atención a lo anterior, la CEDHBC considera procedente formularle a Marco Antonio Sotomayor Amezcua, secretario de Seguridad Pública Municipal de Tijuana, una serie de puntos para mejorar el trato a la población migrante.

Uno de los puntos es la implementación de un programa integral de educación, formación, capacitación y trabajo de campo en materia de derechos humanos de las personas en contexto de migración hacia el personal de la SSPM, que asigne un grupo especializado de la policía municipal que labore en el área de la zona centro de Tijuana, en donde, principalmente, se concentran personas en contexto de movilidad humana, quienes deberán contar con una amplia capacitación en materia de derechos de las personas en contexto de migración.

Además de implementar una campaña de concientización social que vislumbre el respeto al derecho, a la igualdad y a la no discriminación de los migrantes, garantizar que no se ejerza ninguna acción que victimice a las personas en contexto de migración, que se exhorte el trato digno, se realicen reuniones periódicas con los representantes legales de las asociaciones civiles dedicadas a la atención de la población migrante difundida ampliamente, la recomendación con todos los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal.

Cabe recordar que la CEDHBC, ya en la Recomendación General 01/2017, expresó la necesidad de corregir acciones de hostigamiento policial contra personas en situación de calle en que, por motivo de su aspecto, se les discrimina al considerárseles como presuntos responsables de delitos o delincuentes en potencia. Siendo evidente también que estas detenciones en nada abonan a la función preventiva de la policía municipal y, en cambio, sí perjudican a los grupos en situación de vulnerabilidad.

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