Juan Miguel Hernández
Tijuana.- El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, firmó este sábado el decreto que contempla estímulos fiscales para los estados del norte del país entre los que se encuentran: bajar el IVA de 16% a 8%, disminuir el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 30% al 20, homologar los precios de los energéticos con los estados de la Unión Americana colindantes.
El doctor en derecho fiscal, Adolfo Solís Farías, afirmó que la medida anunciada es positiva para la frontera; no obstante, deberá ser ratificada el siguiente año por el congreso federal.
“No se reformó la ley, pero el decreto está ahí; es lo que debemos ponderar. Esos decretos duran un año, dependerá del ejecutivo cambiarlo. Él (Andrés Manuel López Obrador) tomó posesión el 1 de diciembre, y no le daba tiempo, pero tendrá un año para subirlo al congreso si es que quiere hacerlo permanente”, explicó.
El abogado fiscalista explicó que, en el caso del Impuesto Sobre la Renta, operarán mediante un crédito; es decir, no bajan las tasas de impuestos, simplemente se da un crédito en el cual se puede llegar a esta nueva tarifa. Para aspirar a los beneficios de ISR, señaló que las empresas tendrán un requisito: haber tenido el ingreso en la región fronteriza, ya que solo aplica para actividades de carácter empresarial. Asimismo, la empresa deberá acreditar que están establecida en los últimos 18 meses en la franja fronteriza.
“Naturalmente, se tiene que inscribir en un padrón para ser beneficiario. Este padrón será el de beneficios de estímulo fiscal para la región fronteriza. Lo interesante es que nadie puede gozar de otro estímulo si tienes otro estímulo. Tendrás que demostrar que, por lo menos, el 90% de tus ingresos los obtuviste en esta región en el ejercicio fiscal anterior”, puntualizó.
Solís Farías dijo que el SAT será el encargado de controlar el padrón llevando un procedimiento de control y revisión. De igual manera, deberá cada empresa inscribirse antes del 31 de marzo para acceder al beneficio.
“Se va a inscribir al contribuyente al padrón de beneficiarios, y, a partir de ese momento, tendrá los beneficios de ese padrón y será optativo que, automáticamente, los beneficios se aprovechen o se renuncie a ellos. Si alguien a mitad el ejercicio decide renunciar, en automático deberá presentar las declaraciones como debe ser”, agregó.
Respecto al IVA, el especialista señaló que se dará crédito de 50%, que hace una tasa efectiva de 8%. No se incluye la importación de bienes, solo la prestación de servicios, uso y goce temporal, y la enajenación.
“También deberá ser en la franja fronteriza, debemos presentar un aviso para inscripción. A diferencia del ISR, allá son para las empresas que están establecidas. En el IVA, igual es para empresas nuevas; aquí el aviso se deberá presentar al darse de alta en el RFC”, concluyó.