La Célula de Búsqueda e Investigación en Desaparición Forzada de Personas de Baja California obtuvo un amparo federal para reformar la Ley Estatal en Materia de Desaparición.
El amparo obliga a cumplir con algunas peticiones al Ayuntamiento de Mexicali, Poder Ejecutivo Estatal y el Congreso del Estado.
En junio de 2023 los integrantes de la Célula de Búsqueda solicitaron un amparo federal debido a que Baja California no contaba con una Ley Estatal en Materia de Desaparición Forzada, para la cual presentaron una propuesta con 37 peticiones. Asimismo, el recurso atendía un pliego petitorio presentado al Ayuntamiento, Ejecutivo y Congreso.
Al respecto, el abogado de los familiares de desaparecidos, Guillermo Rivera, reveló que este jueves la autoridad federal resolvió otorgar un amparo a favor de las víctimas debido a que las autoridades no respondieron a todas las peticiones que la Célula de Búsqueda mencionó en el recurso.
“Todos esos puntos tendrán la obligación, esas autoridades, de dar respuesta de manera puntual. Y, obviamente, lo que están buscando los colectivos es que se integren esos puntos a la nueva legislación que se acaba de aprobar”, expresó.
Entre los 37 puntos que solicitaron en el pliego petitorio se le exigió la creación de la Comisión Especial Permanente para la Búsqueda de la Verdad de la Víctimas de Desaparición; y La Declaratoria de Alerta de Violencia y Desaparición Forzada.
Asimismo, solicitaron la implementación de campañas para prevenir la desaparición en los centros escolares; Disminuir el plazo de las condiciones para la emisión de la declaratoria de ausencia; Delimitaciones de puestos de vigilancia; Gastos en programas y acciones para la localización y búsqueda de personas; Egresos para el ejercicio fiscal del siguiente año.
Además, incluyeron el apoyo laboral a familiares de personas desaparecidas para permitirles realizar las búsquedas de su seres queridos y que no se les descuente el día de trabajo; asesoría jurídica para las víctimas; y establecer una coordinación operativa entre las corporaciones policiales.
Se añadió que se debe generar datos de información para búsqueda y localización efectiva de personas; establecer un sistema de monitoreo de salida y entrada de personas en bares; la especialización de jueces en la materia, entre otros.
El abogado mencionó que las autoridades tienen 48 horas desde su notificación para dar respuesta a dichos requerimientos, esto en caso de que no impugnen la resolución. Comentó que el artículo 8 de la Constitución obliga a que las autoridades den respuesta a dicho amparo.
“Lo correcto es que de manera inmediata se pongan a trabajar, que hagan lo que no hicieron en todos estos días, en todos estos meses, y den respuesta puntual. Al final de cuentas, lo relevante es que todos estos puntos se integren en la ley”, manifestó.