/ jueves 12 de abril de 2018

Llaman a presentar declaración anual

Las multas van de 55% a 75% para aquellos que incluyen incurran en omisiones de contribuciones

Eliud Ávalos Matías


Tijuana.- Antes de que concluya abril, las personas físicas deben presentar su declaración anual y, de omitirse esta obligación, las sanciones serían desde 773 pesos hasta poco más de nueve mil, advirtió el doctor en derecho fiscal Adolfo Solís Farías.

No obstante, el especialista señala que hay aplicaciones en el Sistema de Administración Tributaria que permiten al contribuyente no utilizar los servicios de un contador, porque este cruza la información de la declaración 3.3 con la información de los recibos timbrados, de todas las operaciones electrónicas, y les da sus deducciones, las que son totalmente válidas y reconocidas.

“La ventaja que puedes tener en este año, a diferencia del anterior, es que la aplicación para presentar la declaración está mucho más avanzada y detallada. Puede tener información exacta sin necesidad de contratar los servicios de un profesional”.

Las multas van de 55% a 75% para aquellos que incurran en omisiones de contribuciones, y la sanción por no presentarla lo regula el Código Fiscal en los artículos 81 y 82. El primero sanciona no presentarlas, y el 82, fracción primera, establece las penas, que van de 773 pesos a nueve mil 661 pesos, y habría que agregar la actualización.

Solís Farías observó que ha aumentado el número de contribuyentes; por ejemplo, de 2012 a 2017 se duplicó el número de declaraciones; había 4.42 millones de contribuyentes. Para 2017, eran poco más de ocho millones.

“La recomendación para los contribuyentes que tienen contadores (es) que estos no solo realicen la declaración, sino que vean la aplicación del SAT para ver si coincide la información que tienen en la página con lo que tiene reportado el contribuyente de forma real. Para los que no tienen contador, la recomendaciones (es) que ellos de forma preferente utilicen la aplicación, porque es la información que ya tiene carga del SAT, y les va a permitir tener un cumplimiento”.

Eliud Ávalos Matías


Tijuana.- Antes de que concluya abril, las personas físicas deben presentar su declaración anual y, de omitirse esta obligación, las sanciones serían desde 773 pesos hasta poco más de nueve mil, advirtió el doctor en derecho fiscal Adolfo Solís Farías.

No obstante, el especialista señala que hay aplicaciones en el Sistema de Administración Tributaria que permiten al contribuyente no utilizar los servicios de un contador, porque este cruza la información de la declaración 3.3 con la información de los recibos timbrados, de todas las operaciones electrónicas, y les da sus deducciones, las que son totalmente válidas y reconocidas.

“La ventaja que puedes tener en este año, a diferencia del anterior, es que la aplicación para presentar la declaración está mucho más avanzada y detallada. Puede tener información exacta sin necesidad de contratar los servicios de un profesional”.

Las multas van de 55% a 75% para aquellos que incurran en omisiones de contribuciones, y la sanción por no presentarla lo regula el Código Fiscal en los artículos 81 y 82. El primero sanciona no presentarlas, y el 82, fracción primera, establece las penas, que van de 773 pesos a nueve mil 661 pesos, y habría que agregar la actualización.

Solís Farías observó que ha aumentado el número de contribuyentes; por ejemplo, de 2012 a 2017 se duplicó el número de declaraciones; había 4.42 millones de contribuyentes. Para 2017, eran poco más de ocho millones.

“La recomendación para los contribuyentes que tienen contadores (es) que estos no solo realicen la declaración, sino que vean la aplicación del SAT para ver si coincide la información que tienen en la página con lo que tiene reportado el contribuyente de forma real. Para los que no tienen contador, la recomendaciones (es) que ellos de forma preferente utilicen la aplicación, porque es la información que ya tiene carga del SAT, y les va a permitir tener un cumplimiento”.

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