/ viernes 10 de mayo de 2024

Malos tratos de los jefes o que digan groserías, puede ser considerado como acoso laboral

Elisa Ibáñez recordó que el acoso laboral está prohibido por la ley y es una causa de recisión de contrato

Tijuana.- Desde malos tratos de parte de los superiores, que digan groserías o en casos más graves, violencia física, está considerado como acoso laboral.

Lo anterior fue expuesto por la socia de impuestos de capital humano de “Mauricio Monroy Contadores”, Elisa Ibáñez, quien recordó que el acoso laboral está prohibido por la ley y es una causa de recisión de contrato para quien incurra en estas prácticas, pero señalando que sigue siendo más ejercido por los puestos directivos.

Mencionó que algunas empresas tienen canales especiales para presentar quejas, aunque el trabajador puede acudir directamente a las autoridades para presentar su denuncia.

“Para prevenir este acoso está la Norma Oficial Mexicana (NOM) 35, que es la que vienen la serie de lineamientos los cuales se deben de cumplir para prevenir ese acoso y no basta con implementar esas medidas, sino con todo el protocolo que se debe cumplir en esa NOM que está establecido en la ley”, agregó.

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La especialista recalcó que se ha buscado desde nuevas disposiciones oficiales reducir la incidencia de este tipo de casos.

“El objetivo es erradicar esa violencia laboral que existe y que está mucho más presente, mucho más de lo que imaginamos y ahora en esa NOM se especifica ese acoso, el físico, psicológico y el laboral, que es de un superior a un subordinado”, apuntó.

Tijuana.- Desde malos tratos de parte de los superiores, que digan groserías o en casos más graves, violencia física, está considerado como acoso laboral.

Lo anterior fue expuesto por la socia de impuestos de capital humano de “Mauricio Monroy Contadores”, Elisa Ibáñez, quien recordó que el acoso laboral está prohibido por la ley y es una causa de recisión de contrato para quien incurra en estas prácticas, pero señalando que sigue siendo más ejercido por los puestos directivos.

Mencionó que algunas empresas tienen canales especiales para presentar quejas, aunque el trabajador puede acudir directamente a las autoridades para presentar su denuncia.

“Para prevenir este acoso está la Norma Oficial Mexicana (NOM) 35, que es la que vienen la serie de lineamientos los cuales se deben de cumplir para prevenir ese acoso y no basta con implementar esas medidas, sino con todo el protocolo que se debe cumplir en esa NOM que está establecido en la ley”, agregó.

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La especialista recalcó que se ha buscado desde nuevas disposiciones oficiales reducir la incidencia de este tipo de casos.

“El objetivo es erradicar esa violencia laboral que existe y que está mucho más presente, mucho más de lo que imaginamos y ahora en esa NOM se especifica ese acoso, el físico, psicológico y el laboral, que es de un superior a un subordinado”, apuntó.

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