Laura Bueno Medina
Tijuana.- En sesión pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado resolvió por mayoría de votos que los partidos políticos e independientes sean sujetos a revisión en los lineamientos relativos al derecho de igualdad y no discriminación, por lo que de no ajustarse a lo que establece la ley electoral vigente en Baja California, tendrían que modificar sus candidaturas teniendo como objetivo que se garantice la paridad de género en los procesos electorales de los actores que se presentan a la contienda y de quienes habrán de ocupar los cargos de representación popular.
El TJEBC hizo pública la decisión, el jueves, al término de la sesión pública señalando lo siguiente:
“En la sesión pública del día de hoy, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado (TJEBC), resolvió el RI-46/2019, interpuesto por el Partido del Trabajo (PT) en contra del Dictamen 15, relativo a la emisión de los Lineamientos para el registro de las candidaturas a los cargos de Gubernatura, Munícipes y Diputaciones por ambos principios, que presenten los partidos políticos, coaliciones, así como las y los aspirantes a candidaturas independientes que hayan obtenido la constancia de porcentaje a favor, para el Proceso Electoral local 2018-2018 en el Estado, aprobado por el Instituto Estatal Electoral (IEEBC)”.
Al respecto, y con los votos del magistrado ponente Jaime Vargas Flores y el magistrado Leobardo Loaiza Cervantes, y el voto en contra de la magistrada presidenta Elva Regina Jiménez Castillo, el tribunal determinó por mayoría modificar el dictamen impugnado al considerar fundamentada la vulneración al derecho a la igualdad y no discriminación hecha valer por el recurrente; lo anterior, porque el IEEBC no observó en los lineamientos lo razonado por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el expediente SG-JDC-17/2019, en el que se precisó que tanto las autoridades electorales como por los partidos políticos deben atender a los dos dimensiones de la paridad de género en su vertiente cualitativa y cuantitativa.
En esa circunstancia, se consideró que el IEEBC, en ejercicio de su facultad, debió adoptar en los lineamientos y medidas para garantizar el mandato constitucional de paridad de género de tal forma que se permita el acceso efectivo de las mujeres a los ayuntamientos que conforman el estado; esto es la paridad en su aspecto cualitativo y cuantitativo.
Lo anterior pone en riesgo las candidaturas, principalmente del Partido Acción Nacional, a las alcaldías en el estado, por lo que el presidente del PAN en el estado mencionó que se trata de una situación política en la que se estaría favoreciendo al candidato a la gubernatura del partido Morena.
De igual manera, el PAN, en comunicado de prensa, señaló que las decisiones que ha tomado el Tribunal de Justicia Electoral han sido en una línea que favorece a Jaime Bonilla, como lo fue el tema de la ampliación de la gubernatura a cinco años.
El TJEBC también determinó revocar el dictamen 4 relativo a la intrascendencia del procedimiento de solicitud de plebiscito