Cuando se realiza el papeleo para tramitar la visa de visitante o turista suelen surgir ciertas dudas con respecto a las indicaciones en el portal, estas son algunas indicaciones para que puedas realizar esta diligencia fácilmente.
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Según la página USA gov en español cuando deseas aplicar para la visa de turista o visitante es clasificada como “no inmigrante”, además de entrar a las dos categorías disponibles como:
Visa B-1: Por asuntos de negocios y para asistir a conferencias.
- Consulta con socios comerciales.
- Asistir a una convención o conferencia científica, educativa, profesional o empresarial.
- Liquidar una herencia.
- Negociar un contrato.
Visa B-2: Para turismo, visitar familiares y obtener tratamientos médicos.
- Turismo (Vacaciones).
- Visitar a amigos o familiares.
- Tratamiento médico.
- Participación en eventos sociales organizados por organizaciones fraternales, sociales o de servicio.
- Participación de aficionados en eventos o concursos musicales, deportivos o similares, si no se les paga por participar.
- Inscripción en un curso de estudio recreativo corto, no para obtener créditos para un título.
En caso que realice ambas cosas será: visa B-1/B-2 .
Los únicos que pueden renovar su visa dentro de Estados Unidos son los titulares de visas diplomáticas y sus dependientes, describe la página.
Debes de tener en cuenta que si deseas viajar a Estados Unidos y no es por turismo o negocios, solicita una visa con la categoría adecuada.
Una de las dudas más comunes surge ante el vencimiento del pasaporte pero su visa sigue vigente, en este caso viaja con tu pasaporte nuevo y el expirado junto con tu visa para evitar problemas.
Al momento de llegar a Estados Unidos un funcionario llenara un formulario I-94, en decir, un documento donde se registran las fechas de entrada y salida de los turistas que van a EE.UU.
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Pero… ¿necesitas visa de turista o visitante?
En primer lugar se debe visitar una embajada o consulado, de preferencia el más cercano para agendar una cita. Los documentos que puedes necesitar serán:
Pasaporte vigente
Fotografía (Indicaciones)
- La imagen tiene que ser clara, sin sombra.
- La persona debe estar centrada en la foto.
- Tamaño: 2 x 2 pulgadas (51 x 51 mm), con la cabeza centrada y un tamaño entre 1 y 1,4 pulgadas (25 y 35 mm) con fondo blanco.
- El usuario deberá estar mirando al frente con expresión neutra. No se permiten sombreros ni lentes.
- Niños: el menor necesita tener los ojos abiertos y mirando a la cámara. En dado caso que el infante cierre un poco los ojos es aceptable.
Formulario DS-160 (realizarse en línea) puede traducirlo en su idioma preferencial para mayor comodidad.