Piden abrir servicios médicos

El gobierno municipal presentó una demanda de nulidad en contra de las clausuras de Coepris ante el tribunal de justicia administrativa

Ana Goryoka | El Sol de Tijuana

  · viernes 25 de septiembre de 2020

Salvador Gómez Ávila, consejero jurídico. Foto: Carlos Luna | El Sol de Tijuana

Tijuana.- Pasadas las 10:00 horas de este jueves, el 23 Ayuntamiento de Tijuana presentó la documentación para iniciar con el trámite de “Aviso de Funcionamiento” ante la Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios, pero manifestando su desacuerdo sobre la ilegalidad que aseguran cometió Coepris tras el cierre de la dirección de Servicios Médicos de Tijuana, informó Salvador Gómez Ávila, consejero jurídico.

Según el jurídico el “Aviso de Funcionamiento” por el que fueron clausurados los consultorios de Servicios Médicos, es un requisito para empresas privadas dedicadas los servicios de salud y no es para el sector médico público del gobierno municipal.

Foto: Ramón Hurtado | El Sol de Tijuana

De acuerdo con la página oficial de Cofepris, el aviso de funcionamiento y de responsable sanitario del establecimiento de servicios de salud, se ingresa siempre y cuando la empresa privada con establecimiento de atención médica no practique actos quirúrgicos u obstétricos.

El funcionario municipal dijo que se inició con el trámite para agilizar la reapertura de los consultorios, que ha afectado con la falta de consultas para cientos de derechohabientes en medio de la pandemia.

“Ponderó que el derecho a la salud de los trabajadores sobre cuesta cualquier cuestión de ilegalidad que contienen en todas las cuestiones que ha realizado Coepris”, informó Gomez Avila.

El gobierno municipal presentó una demanda de nulidad en contra de las clausuras de Coepris ante el tribunal de justicia administrativa, pues consideró que la dependencia realizó actos ilegales.

Mencionó que el Sistema Estatal de Salud está constituido por el estado y municipios, por lo que no está sujeto a revisión de Coepris.

Argumentó que el reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios médicos, en su artículo 23, únicamente exige la cédula profesional médica a quienes ejercen esta profesión de forma independiente.



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