Propone Gobierno Federal aumento al impuesto al ahorro

El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo federal envió el proyecto de paquete económico para el ejercicio fiscal 2024, consistente en la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, que deberá ser aprobado por el Congreso de la Unión, el próximo 15 de noviembre

Alejandro Domínguez | La Voz de la Frontera

  · domingo 15 de octubre de 2023

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Debido a que el gobierno federal considera que la inflación se encuentra a la baja, y los intereses recibidos favorecerá a los ahorradores, la tasa de retención provisional aplicable a los intereses pagados por el sistema financiero pasa del 0.15 % de 2023, al 1.48 % en 2024.

El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo federal envió el proyecto de paquete económico para el ejercicio fiscal 2024, consistente en la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, que deberá ser aprobado por el Congreso de la Unión, el próximo 15 de noviembre.

En su página 56 del Proyecto de Ley de Ingresos, se justifica el aumento a la tasa al impuesto al ahorro al señalar que:

“Respecto al régimen fiscal aplicable a los ingresos por intereses, cabe señalar que las tasas de interés reales que reciben los ahorradores se han recuperado notablemente debido a que la inflación ha descendido de manera significativa desde febrero de 2023, mientras que las tasas nominales permanecen en niveles altos derivado de las decisiones de política monetaria del Banco de México.

“Se espera que la inflación continuará desacelerándose en el cierre de este año y durante 2024, favoreciendo la estabilidad de los rendimientos reales.

“En este sentido, con la información observada de valores públicos y privados en moneda nacional publicada por el Banco de México y de la inflación que reporta el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, de conformidad con la metodología que establece el artículo 21 de esta Ley, se actualiza la tasa de retención provisional aplicable a los intereses pagados por el sistema financiero, la cual será de 1.48 por ciento en 2024”.

En 2023 esta tasa de retención es el 0.15 % aplicado a los intereses que reciben los ahorradores, implicando un aumento del 1.33 puntos porcentuales, es decir, casi 900 %, mientras que en 2022, la tasa de retención este mismo concepto se ubicaba en el 0.08%.

Financiera Rural

En la propuesta de Ley de Ingresos, se señala que el 29 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica”.

Se señala en su Artículo Primero la extinción del señalado organismo público descentralizado y en su Artículo Cuarto se prevé que el proceso de liquidación estará a cargo del Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado, por lo que no se prevé una alternativa para suplir a este organismo financiero para los productores del campo.

“Por lo cual se plantea a esa Soberanía establecer una disposición transitoria vigésimo segunda, para que el INDEP en su carácter de liquidador de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, concentre en la TESOFE (Tesorería de la Federación) como aprovechamientos, los recursos remantes de la conclusión del proceso de liquidación, y la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público), los destine a programas que permitan dar cumplimiento a los objetivos previstos en el PND (Plan Nacional de Desarrollo) 2019-2024.

IMSS-Bienestar

Por otra parte, se pone a consideración de esa Soberanía una disposición transitoria vigésimo tercera para que, en el supuesto de que las entidades federativas concurran con Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) en la prestación gratuita de servicios de salud paralas personas sin seguridad social.

“Dichas entidades federativas puedan solicitar un adelanto de sus participaciones en ingresos federales a su favor, con la finalidad de garantizar la viabilidad financiera de la prestación de los servicios de salud mencionados, de conformidad con lo establecido en los convenios de coordinación que para tal efecto se celebren”.