/ domingo 31 de mayo de 2020

Reapertura de empresas estará condicionada a la seguridad de los trabajadores

Empresas próximas a abrir, deberán contar con protocolos de seguridad sanitaria autorizados por el IMSS

Tijuana.- Las empresas que paulatinamente sean autorizadas por el Consejo de Salubridad General para iniciar operaciones, deberán hacerlo con protocolos de seguridad sanitaria que garanticen la salud de sus trabajadores y clientes.

A través de una videoconferencia con empresas de la región, la Firma Rufo Ibarra Consultores informó de los lineamientos que conformarán estos protocolos y que deberán ser autorizados por el IMSS de lo contrario no será factible reactivar actividades.

El especialista en derecho laboral, Luis Raúl Meza Mora recordó que únicamente las empresas dedicadas a la industria de la construcción, minería y fabricación de equipo de transporte podrán laborar a partir del 1 de junio.

Hasta el momento los protocolos que se implementarán deben incluir las medidas con evidencia fotográfica sobre; la sana distancia, control de ingreso egreso, prevención de contagios, equipo de protección personal, capacitación, políticas temporales, vigilancia y supervisión, entre otros lineamientos que se pueden consultar a través de la página nuevanormalidad.gob.mx

De acuerdo con la semaforización de cada municipio las personas vulnerables que laboren en estas industrias podrán regresar a trabajar si el nivel es bajo, pero si es medio y alto se propiciará que sean de las últimas en retomar labores o la empresa deberá demostrar las medidas que adoptará para su seguridad.

Es un protocolo de buena fe por lo que la autoridad lo dará como cierto, sin embargo, pudieran realizarse inspecciones para verificar su implementación y será facultad de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) la de suspender actividades totales o parciales y de la Secretaría de Salud de clausurar.

Por su parte el socio del área legal de la firma, Luis Javier Covarrubias Hays explicó que para las empresas no esenciales que estén laborando se contemplan multas por parte de la STPS de más de 400 mil pesos y de la Secretaría de Salud de más de un millón 300 mil pesos.

No obstante, la realidad es que no se están aplicando las sanciones económicas por la situación de las mismas empresas pero sí la suspensión y clausura, precisó.

Finalmente el socio fundador de Rufo Ibarra Consultores, C.P.C. Rufo Ibarra Batista recomendó a las empresas asesorarse con especialistas para atender las disposiciones que el gobierno federal paulatinamente estará emitiendo para la reapertura de actividades.

Tijuana.- Las empresas que paulatinamente sean autorizadas por el Consejo de Salubridad General para iniciar operaciones, deberán hacerlo con protocolos de seguridad sanitaria que garanticen la salud de sus trabajadores y clientes.

A través de una videoconferencia con empresas de la región, la Firma Rufo Ibarra Consultores informó de los lineamientos que conformarán estos protocolos y que deberán ser autorizados por el IMSS de lo contrario no será factible reactivar actividades.

El especialista en derecho laboral, Luis Raúl Meza Mora recordó que únicamente las empresas dedicadas a la industria de la construcción, minería y fabricación de equipo de transporte podrán laborar a partir del 1 de junio.

Hasta el momento los protocolos que se implementarán deben incluir las medidas con evidencia fotográfica sobre; la sana distancia, control de ingreso egreso, prevención de contagios, equipo de protección personal, capacitación, políticas temporales, vigilancia y supervisión, entre otros lineamientos que se pueden consultar a través de la página nuevanormalidad.gob.mx

De acuerdo con la semaforización de cada municipio las personas vulnerables que laboren en estas industrias podrán regresar a trabajar si el nivel es bajo, pero si es medio y alto se propiciará que sean de las últimas en retomar labores o la empresa deberá demostrar las medidas que adoptará para su seguridad.

Es un protocolo de buena fe por lo que la autoridad lo dará como cierto, sin embargo, pudieran realizarse inspecciones para verificar su implementación y será facultad de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) la de suspender actividades totales o parciales y de la Secretaría de Salud de clausurar.

Por su parte el socio del área legal de la firma, Luis Javier Covarrubias Hays explicó que para las empresas no esenciales que estén laborando se contemplan multas por parte de la STPS de más de 400 mil pesos y de la Secretaría de Salud de más de un millón 300 mil pesos.

No obstante, la realidad es que no se están aplicando las sanciones económicas por la situación de las mismas empresas pero sí la suspensión y clausura, precisó.

Finalmente el socio fundador de Rufo Ibarra Consultores, C.P.C. Rufo Ibarra Batista recomendó a las empresas asesorarse con especialistas para atender las disposiciones que el gobierno federal paulatinamente estará emitiendo para la reapertura de actividades.

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