Registrarán a padres de familia ante el RNOA tras 90 días de no cumplir con pago de pensión

Valencia precisó que cuando se establezca el Registro Estatal, el plazo será menor, pues solo se contemplan 60 días como máximo para que sean inscritos

Juan Miguel Hernández / El Sol de Tijuana

  · martes 22 de octubre de 2024

Entrarán al registro si no pagan en un plazo de 90 días. Foto: Ángeles García / El Sol de Tijuana

Aquellos hombres que no cumplan con su obligación del pago de pensión en un plazo de 90 días quedarán apuntados en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), indicó la magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, Ana Carolina Valencia Márquez.

Durante sesión del Colegio de Abogados de Tijuana, Valencia precisó que cuando se establezca el Registro Estatal, el plazo será menor, pues solo se contemplan 60 días como máximo para que sean inscritos.

Estiman que siete de cada 10 padres no cumplen con el pago de la pensión alimenticia. Foto: José Luis Camarillo | El Sol de Tijuana

Detalló las consecuencias a las que pueden estar sujetos aquellos padres que no acaten la resolución de un juez y no cubran el monto para la manutención de sus hijos.

“La persona juzgadora va a poder retener su pasaporte, si es extranjero, dar vista al Instituto Nacional de Migración para que le prohíba la salida del país. Va a poder embargarlo precautoriamente y va a poder operar sus cuentas bancarias”, agregó durante su exposición ante los abogados.

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De igual manera, la magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Baja California señaló que las nuevas disposiciones contemplan que aquellos patrones que proporcionen información falsa a los jueces sobre los ingresos de los padres, también podrían ser sancionados.

“Los que tengan patrones, si no hacen el descuento o dan una información falsa se van a convertir en responsables solidarios, ya lo establece el Código Penal”, expuso.

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Recalcó que no hay alguna disposición que evite que los patrones entreguen información sobre los Ingresos de los padres, por lo que tendrán que acatar las disposiciones judiciales.

“No va a haber poder humano en el mundo que no permita hacer efectiva esa pensión alimenticia, porque los alimentos son sagrados, son fundamentales para la subsistencia de un menor de edad, está previsto en la Constitución, en el artículo 1 y 4. Ninguna autoridad federal puede debatir una pensión alimenticia, porque si no lo hace o me da información falsa, ahí es donde se convierte en responsable solidario”, concluyó.