Sanciona Gobierno de Ensenada a institución bancaria

Por incumplir con el artículo 17 fracción XIII de la Ley de Ingresos vigente

Aseret Vicente | El Sol de Tijuana

  · jueves 7 de mayo de 2020

Foto: Cortesía | Ayuntamiento de Ensenada

Ensenada.- Por incurrir en incumplimiento, el XXIII Ayuntamiento de Ensenada mediante la Unidad Municipal de Protección Civil sancionó a una institución bancaria previamente notificada sobre diversas recomendaciones para salvaguardar la integridad de sus usuarios.

La sanción se ejecutó la mañana de éste jueves durante un recorrido por diversos bancos ubicados sobre la avenida Reforma, y el que fue encabezado por el presidente municipal, Armando Ayala Robles.

Armando Ayala resaltó que aunque al menos en tres ocasiones se les giraron recomendaciones, la sucursal BBVA -ubicada sobre la calle Reforma entre Diamante y San Marcos del fraccionamiento Nueva Ensenada- hizo caso omiso y continúo exponiendo a diversos riesgos a sus usuarios.

“De buena manera se les invitó a aplicar diversas medidas y la respuesta recurrente era que necesitaban esperar instrucciones superiores; nuestra responsabilidad como Gobierno Municipal es velar por la población y no es posible que los usuarios tengan que hacer fila hasta por seis horas”, expresó.

En el mismo sentido, el titular de Protección Civil, Julio César Obregón Angulo recordó que previamente se hicieron recorridos en los que se levantaron actas de verificación y se entregaron vía oficio una serie de recomendaciones, mismas que vía correo electrónico se hicieron de conocimiento a la administración central.

Julio Obregón expuso que dichas recomendaciones fueron giradas ante las largas filas de espera en las que no se prioriza el servicio a personas de la tercera edad, mujeres embarazadas, personas con discapacidad motriz permanente o temporal; por no contar con sombra, medios de hidratación y seguridad privada suficiente para quienes acuden a realizar trámites.

Puntualizó que al hacer caso omiso, ésta mañana se procedió a aplicar el artículo 17 fracción XIII del capítulo segundo de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020, que a la letra dice:

“Por negligencia o irresponsabilidad del propietario, poseedor, encargado y ocupante, en el manejo de personas, uso de material o por no haber atendido las recomendaciones de la autoridad competente”.

El funcionario explicó que dicha sanción se califica de las 100 a las 300 unidades de medida y actualización (UMA) -el valor de la UMA es de 86.88 pesos-, siendo la multa mínima equivalente a 8 mil 688 pesos y la máxima de 26 mil 064 pesos.

Finalmente, el presidente Armando Ayala agregó que la institución tiene un plazo de cinco días hábiles para acercarse a presentar aclaraciones respecto a la sanción impuesta por la autoridad.

“La indiferencia demostrada por varias instituciones bancarias no es correcta, hemos sido amigables, se les visitó en varias ocasiones e hicieron caso omiso, cuando es su responsabilidad proteger a sus usuarios”, recalcó el primer edil.