/ jueves 19 de abril de 2018

Diputados avalan eliminar fuero constitucional

Aplica también para el presidente de la República

Notimex
México.- La Cámara de Diputados aprobó en fast track y con dispensa de trámites, en lo general y lo particular, el dictamen que reforma la Constitución Política para eliminar la figura del fuero a todos los servidores públicos, incluido el presidente de la República, y lo turnó al Senado para su análisis.

El dictamen, avalado con 370 votos a favor, con lo que se alcanza la mayoría calificada que requiere la modificación constitucional, también establece que el presidente podrá ser sujeto de juico político y que nadie podrá ser sancionado con cárcel por difamación, calumnia o injuria.

Al concluir la discusión en lo general, el presidente de la Mesa Directiva, Edgar Romo García, informó que se habían presentado reservas a los artículos 17 y 112, mismas que fueron retiradas y la votación en lo particular fue de 349 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones.

El dictamen avalado con la dispensa de trámites y por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de los artículos 17, 61, 74, 108, 100, 111, 112 y 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece un hecho inédito al incorporar en el artículo 110 constitucional que el presidente de la República sea sujeto de juicio político.

“Podrán ser sujetos de juicio político, el presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho...”

Además, el fiscal general de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero presidente, los consejeros electorales y el secretario del Instituto Nacional Electoral (INE), los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ente otros.

Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, la Cámara de Diputados procederá a la acusación respectiva ante el Senado, previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión de aquella Cámara y para el caso de presidente de la República, se requerirá de mayoría calificada.

Ello, después de haber distanciado el procedimiento respectivo y con la audiencia del inculpado.

En caso de que el Senado lo avale sin cambios, se turnará a los congresos estatales, ya que por tratarse de una reforma constitucional requiere de la aprobación de la mayoría de estas legislaturas.

Notimex
México.- La Cámara de Diputados aprobó en fast track y con dispensa de trámites, en lo general y lo particular, el dictamen que reforma la Constitución Política para eliminar la figura del fuero a todos los servidores públicos, incluido el presidente de la República, y lo turnó al Senado para su análisis.

El dictamen, avalado con 370 votos a favor, con lo que se alcanza la mayoría calificada que requiere la modificación constitucional, también establece que el presidente podrá ser sujeto de juico político y que nadie podrá ser sancionado con cárcel por difamación, calumnia o injuria.

Al concluir la discusión en lo general, el presidente de la Mesa Directiva, Edgar Romo García, informó que se habían presentado reservas a los artículos 17 y 112, mismas que fueron retiradas y la votación en lo particular fue de 349 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones.

El dictamen avalado con la dispensa de trámites y por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de los artículos 17, 61, 74, 108, 100, 111, 112 y 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece un hecho inédito al incorporar en el artículo 110 constitucional que el presidente de la República sea sujeto de juicio político.

“Podrán ser sujetos de juicio político, el presidente de la República, los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho...”

Además, el fiscal general de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero presidente, los consejeros electorales y el secretario del Instituto Nacional Electoral (INE), los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ente otros.

Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, la Cámara de Diputados procederá a la acusación respectiva ante el Senado, previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión de aquella Cámara y para el caso de presidente de la República, se requerirá de mayoría calificada.

Ello, después de haber distanciado el procedimiento respectivo y con la audiencia del inculpado.

En caso de que el Senado lo avale sin cambios, se turnará a los congresos estatales, ya que por tratarse de una reforma constitucional requiere de la aprobación de la mayoría de estas legislaturas.

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