/ sábado 1 de septiembre de 2018

No hay evidencias suficientes para acusar a Alejandro Gutiérrez de peculado: PGR

El exsecretario general del CEN del PRI es señalado de desviar hacia la campaña política del partido en 2016 250 millones de pesos destinados a la educación

La Procuraduría General de la República (PGR) acusó a la Fiscalía de Chihuahua de entregar información “parcial” en el caso de Alejandro Gutiérrez Gutiérrez, exsecretario general del CEN del PRI, por lo que al no tener pruebas suficientes que lo relacionaran con el delito de peculado tuvo que desistir de la acusación en su contra.

El pasado viernes un juez federal determinó dejar en libertad a Gutiérrez Gutiérrez, a quien las autoridades de Chihuahua lo señalaban de desviar hacia la campaña política del partido en 2016 250 millones de pesos destinados a la educación.

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La PGR señala que la imputación originalmente realizada por la Fiscalía de Chihuahua se sostenía principalmente en declaraciones de testigos, a los que no tuvo acceso la Fiscalía federal y que no fueron corroboradas con otros datos de prueba.

Señala que la audiencia llevada a cabo en el Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Norte, era a efectos de que el agente del Ministerio Público de la Federación emitiera el pronunciamiento que, conforme a los datos de prueba recabados, correspondiera en términos del artículo 324 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La solicitud de incompetencia fue resuelta a favor del juzgado de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte por sistema, fuero y territorio, radicándose el asunto bajo el número 24/2018, por el delito de peculado.

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“Como consecuencia de lo anterior, se ordenó que las constancias de la carpeta de investigación 19-2017-2079 de la Fiscalía del Estado de Chihuahua fueran entregadas a la Fiscalía Federal, lo cual ocurrió, aunque de forma parcial, por lo que el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Ciudad de México, recibió sólo una parte de las constancias y registros de dicha investigación para continuar con las actuaciones”, señala la PGR.

Con estos datos, el agente del Ministerio Público de la Federación concluyó, de conformidad con el artículo 327 fracción V del Código Nacional de Procedimientos Penales, que no contaba con los elementos probatorios, idóneos, pertinentes y suficientes con los cuales pudiera tener por acreditada la intervención del agente en los hechos investigados y, por tanto, para formular acusación.

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La conclusión fue que la imputación originalmente realizada por la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, se sostenía principalmente en declaraciones de testigos y no fueron corroboradas con otros datos de prueba.

Por esa razón, refiereque después de escuchar el informe presentado por el agente del Ministerio Público de la Federación, el Juez de Distrito especializado del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, resolvió decretar el sobreseimiento de la causa penal, dejando a salvo, por supuesto, el derecho de la parte ofendida para recurrir su determinación en el plazo de ley.

La Procuraduría General de la República (PGR) acusó a la Fiscalía de Chihuahua de entregar información “parcial” en el caso de Alejandro Gutiérrez Gutiérrez, exsecretario general del CEN del PRI, por lo que al no tener pruebas suficientes que lo relacionaran con el delito de peculado tuvo que desistir de la acusación en su contra.

El pasado viernes un juez federal determinó dejar en libertad a Gutiérrez Gutiérrez, a quien las autoridades de Chihuahua lo señalaban de desviar hacia la campaña política del partido en 2016 250 millones de pesos destinados a la educación.

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La PGR señala que la imputación originalmente realizada por la Fiscalía de Chihuahua se sostenía principalmente en declaraciones de testigos, a los que no tuvo acceso la Fiscalía federal y que no fueron corroboradas con otros datos de prueba.

Señala que la audiencia llevada a cabo en el Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Norte, era a efectos de que el agente del Ministerio Público de la Federación emitiera el pronunciamiento que, conforme a los datos de prueba recabados, correspondiera en términos del artículo 324 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La solicitud de incompetencia fue resuelta a favor del juzgado de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte por sistema, fuero y territorio, radicándose el asunto bajo el número 24/2018, por el delito de peculado.

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“Como consecuencia de lo anterior, se ordenó que las constancias de la carpeta de investigación 19-2017-2079 de la Fiscalía del Estado de Chihuahua fueran entregadas a la Fiscalía Federal, lo cual ocurrió, aunque de forma parcial, por lo que el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Ciudad de México, recibió sólo una parte de las constancias y registros de dicha investigación para continuar con las actuaciones”, señala la PGR.

Con estos datos, el agente del Ministerio Público de la Federación concluyó, de conformidad con el artículo 327 fracción V del Código Nacional de Procedimientos Penales, que no contaba con los elementos probatorios, idóneos, pertinentes y suficientes con los cuales pudiera tener por acreditada la intervención del agente en los hechos investigados y, por tanto, para formular acusación.

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La conclusión fue que la imputación originalmente realizada por la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, se sostenía principalmente en declaraciones de testigos y no fueron corroboradas con otros datos de prueba.

Por esa razón, refiereque después de escuchar el informe presentado por el agente del Ministerio Público de la Federación, el Juez de Distrito especializado del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, resolvió decretar el sobreseimiento de la causa penal, dejando a salvo, por supuesto, el derecho de la parte ofendida para recurrir su determinación en el plazo de ley.

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