El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de llamar a votar por el Plan C, así como eliminar de los archivos audiovisuales y versiones estenográficas de las conferencias mañaneras del 9 y 11 de mayo los dichos del titular del Ejecutivo en los que pide votar por Morena para que en 2024 obtenga mayoría calificada en el Congreso y pueda modificar la Constitución.
En reunión no presencial, los magistrados aprobaron revocar el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE -aprobado el 17 de mayo-, en el que se negó aplicar medidas cautelares contra el Ejecutivo; el proyecto estuvo a cargo de la magistrada Janine Otálora.
Lee también: Plan C de AMLO: ¿de qué trata el nuevo proyecto de reforma electoral del presidente?
“Se vincula al Presidente de la República se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación oficial, de realizar o emitir manifestaciones como la denunciada, específicamente llamar a votar o no votar por determinados partidos políticos o movimientos electorales, así como expresiones equivalentes. Ni usar recursos recursos públicos en propaganda con fines electorales”, se lee en los efectos de la determinación.
El 17 de mayo, los consejeros Rita Bell López y Jorge Montaño Ventura votaron a favor de negar las medidas cautelares solicitadas por el PRD, PAN y Movimiento Ciudadano en denuncias presentadas, por separado, en contra del Presidente por violar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda e incurrir en actos anticipados de campaña y precampaña y difusión de propaganda electoral con fines de promoción personalizada.
El PRD y Movimiento Ciudadano se inconformaron ante el Tribunal, que finalmente les dio la razón, pues estimó que la Comisión de Quejas no hizo un análisis exhaustivo y contextual debidamente motivado.