/ lunes 29 de agosto de 2022

SCJN invalida reforma que obligaba a distinguir entre opinión e información en medios

El proyecto, aprobado por unanimidad en la Corte, argumentó que se violaron los procesos legislativos al aprobar el decreto en 2017

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inválido por unanimidad el decreto de reforma aprobada en octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de derecho de las audiencias, por el que había quedado eliminada la obligación de concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán atendió diversas acciones de inconstitucionalidad presentadas bajo el argumento de que, al momento de aprobarse dicha reforma en el Senado de la República, “se violaron los procesos legislativos”.

“Estos requisitos fueron soslayados en la discusión correspondientes y significan una violación a al proceso legislativo, así como al derecho que asiste a las minorías de no ser excluido de los procesos legislativos”, señaló Pérez Dayán.

Explicó que se rechazó porque en primera, el dictamen se avaló sin las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso, y en segunda, porque no se cumplió con el requisito de que el dictamen se hubiese publicado en la gaceta del Senado al menos 24 horas antes de su discusión.

Por su parte, la ministra Loreta Ortíz, señaló que la reforma se debía invalidar por falta de consulta a comunidades indígenas y personas con discapacidad.

“A partir de una interpretación del artículo segundo constitucional, los pueblos y comunidades indígenas tiene derechos a ser consultados previamente sobre políticas y leyes que puedan afectarlos directamente. La denegación de este derecho, sin duda, tendrá como efecto una violación a sus derechos humanos”, refirió.

Cabe mencionar que el proyecto también proponía dotar al Congreso de un plazo de seis meses para emitir otra reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, esta con el propósito de armonizar los derechos de las audiencias con las libertades de los medios de comunicación en la materia, sin embargo, en la sentencia solo se aprobó invalidar el decreto.

Los ministros manifestaron que ahora tocará a los legisladores federales para que sean ellos quienes impulsen una nueva reforma en la materia y además cumplan con lo que marcan los acuerdos legislativos.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inválido por unanimidad el decreto de reforma aprobada en octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de derecho de las audiencias, por el que había quedado eliminada la obligación de concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán atendió diversas acciones de inconstitucionalidad presentadas bajo el argumento de que, al momento de aprobarse dicha reforma en el Senado de la República, “se violaron los procesos legislativos”.

“Estos requisitos fueron soslayados en la discusión correspondientes y significan una violación a al proceso legislativo, así como al derecho que asiste a las minorías de no ser excluido de los procesos legislativos”, señaló Pérez Dayán.

Explicó que se rechazó porque en primera, el dictamen se avaló sin las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso, y en segunda, porque no se cumplió con el requisito de que el dictamen se hubiese publicado en la gaceta del Senado al menos 24 horas antes de su discusión.

Por su parte, la ministra Loreta Ortíz, señaló que la reforma se debía invalidar por falta de consulta a comunidades indígenas y personas con discapacidad.

“A partir de una interpretación del artículo segundo constitucional, los pueblos y comunidades indígenas tiene derechos a ser consultados previamente sobre políticas y leyes que puedan afectarlos directamente. La denegación de este derecho, sin duda, tendrá como efecto una violación a sus derechos humanos”, refirió.

Cabe mencionar que el proyecto también proponía dotar al Congreso de un plazo de seis meses para emitir otra reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, esta con el propósito de armonizar los derechos de las audiencias con las libertades de los medios de comunicación en la materia, sin embargo, en la sentencia solo se aprobó invalidar el decreto.

Los ministros manifestaron que ahora tocará a los legisladores federales para que sean ellos quienes impulsen una nueva reforma en la materia y además cumplan con lo que marcan los acuerdos legislativos.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

Local

Realizarán colecta de croquetas para apoyar a rescatistas de perros y gatos en Tijuana

La colecta se realizará el domingo 14 de diciembre en el estacionamiento del Calimax Río

Local

Se quejan de mal estado de las banquetas del Centro

“Ha sufrido la gente caídas por las grietas que hay, la gente tiene que andar siempre esquivando", manifestó la representante del Distrito Floral de la Zona Centro.

Local

Amenaza de aranceles preocupa a industriales de BC, pero piden calma

A Trump le gusta golpear para después acercarse a negociar, mencionó José Luis Contreras Valenzuela

Local

Pronostican cielo mayormente cubierto para este miércoles

Se espera una temperatura máxima de 21° centígrados en la ciudad

Local

Guardias de seguridad privada ayudarán en vigilancia de las garitas: Sedeti

A partir de enero van a contratar a guardias con los recursos del programa “Fondos Tijuana”: Sedeti

Local

Amagan burócratas con paros, bloqueo en garita y toma de casetas

También advierten de un posible un bloqueo a la planta de abastecimiento de Pemex, en Playas de Rosarito.