La Suprema Corte de Justicia de la Nación, admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad que promovieron, por separado, senadores de la oposición, el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para impugnar la Ley de Seguridad Interior.
El Ministro instructor, Jorge Mario Pardo Rebolledo, ordenó notificar al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores, en su caso, a través de la Comisión Permanente, señalados como autoridades responsables en las demandas, para que rindan su informe dentro del plazo de quince días hábiles posteriores al siguiente al en que surta efectos la notificación.
La Corte informó que con el fin de integrar debidamente el expediente, se requirió al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores y de quien legalmente las representan, para que al rendir su informe envíen a la SCJN copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada.
Dichos antecedentes deben incluir la iniciativa, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que consten las votaciones de los integrantes de ese órgano legislativo, así como los respectivos diarios de debates.
En tanto que al Poder Ejecutivo Federal se le requirió para que, en el mismo plazo, envíe un ejemplar del Diario Oficial de la Federación en el que se publicó el Decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Interior y se apercibió a las autoridades requeridas que, de no cumplir con lo ordenado, se les impondrá una multa.
“En virtud de existir identidad respecto del decreto combatido, todas las demandas sobre este tema han sido turnadas al Ministro Pardo Rebolledo, quien como Ministro Instructor tendrá a su cargo la elaboración de los proyectos de sentencia respectivos”, señala la Corte.
Hasta ahora, el Ministro Pardo ha admitido a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por Diputados, Senadores, la CNDH y el INAI, así como una controversia constitucional presentada por el Municipio de Cholula, Puebla,
Previamente, el Ministro Pardo había desechado la acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Movimiento Ciudadano, debido a que debido los partidos políticos sólo pueden recurrir a este tipo de juicios para solicitar la invalidez de normas de naturaleza electoral.