/ domingo 20 de enero de 2019

Suspenden a 5 policías municipales de Tijuana

Un total de tres agentes fueron suspendidos por privación ilegal de la libertad y dos más por la portación ilegal de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana

Tijuana, COM.- Por incumplimiento a las obligaciones previstas en el artículo 133 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Baja California, la Sindicatura Procuradora encontró elementos para determinar la suspensión de cinco oficiales de la Policía Municipal de Tijuana.

Así lo informó la Síndico Procuradora Ana Marcela Guzmán Valverde, quien mencionó que se trata de dos investigaciones, en la que en la primera de ellas se involucran tres agentes policíacos por la probable comisión de las faltas administrativas relacionadas con solicitar dadivas al particular, detención ilegal de persona y no velar por la integridad física de las personas detenidas.

Para el caso antes citado, la Sindicatura Procuradora asesoró a la parte denunciante para que compareciera a denunciar la situación. En tanto que en el segundo caso, se involucran dos policías municipales por la probable comisión de las faltas administrativas por el uso indebido de las armas de cargo.

La Síndico explicó que en el caso de los tres oficiales suspendidos por su presunta responsabilidad en la detención ilegal de un ciudadano tijuanense, según la descripción de los hechos por parte del afectado, en octubre de 2018 éstos le solicitaron una cantidad de dinero luego de detenerlo en las inmediaciones de la colonia Reforma, por lo que de no pagarlo sería presentado ante la autoridad competente.

“En la investigación realizada por la Sindicatura Procuradora, el afectado narra que uno de sus familiares efectuó el pago a los oficiales, sin embargo éstos no lo entregaron y decidieron entregarlo a otros civiles, quienes se lo llevaron en la cajuela de un carro particular, logrando la víctima escapar esposado y pedir auxilio”, precisó.

Guzmán Valverde señaló que el otro caso relacionado con la suspensión de dos elementos, ocurrió en el momento en que en mayo de 2018 mediante una nota periodística se denuncia lo acontecido y por el oficio que también presentó la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, se tiene el conocimiento de que éstos agentes participaron en una riña al interior de un conocido bar en la zona del Río Tijuana.

“En la investigación se expone que estos dos elementos ahora suspendidos llevaban consigo armas de fuego consideradas de cargo, en un lugar no autorizado para ello, encontrándose fuera de servicio, razón por la cual al acudir al lugar la Policía Municipal los aseguró”, refirió la Síndico.

Guzmán Valverde puntualizó que en ambos casos denunciados, se encontraron elementos por parte de la Sindicatura Procuradora para solicitar la suspensión provisional de los cinco policías municipales, mismos que seguirán su situación jurídica ante las autoridades correspondientes.

El artículo 133 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Baja California, señala que los policías deben abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de las instituciones dentro o fuera del servicio, así como desempeñar su función sin solicitar ni aceptar compensaciones, dádivas, pagos o gratificaciones distintas a las previstas legalmente, así como también abstenerse de ordenar o realizar la detención de persona alguna sin cumplir con los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables.

Tijuana, COM.- Por incumplimiento a las obligaciones previstas en el artículo 133 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Baja California, la Sindicatura Procuradora encontró elementos para determinar la suspensión de cinco oficiales de la Policía Municipal de Tijuana.

Así lo informó la Síndico Procuradora Ana Marcela Guzmán Valverde, quien mencionó que se trata de dos investigaciones, en la que en la primera de ellas se involucran tres agentes policíacos por la probable comisión de las faltas administrativas relacionadas con solicitar dadivas al particular, detención ilegal de persona y no velar por la integridad física de las personas detenidas.

Para el caso antes citado, la Sindicatura Procuradora asesoró a la parte denunciante para que compareciera a denunciar la situación. En tanto que en el segundo caso, se involucran dos policías municipales por la probable comisión de las faltas administrativas por el uso indebido de las armas de cargo.

La Síndico explicó que en el caso de los tres oficiales suspendidos por su presunta responsabilidad en la detención ilegal de un ciudadano tijuanense, según la descripción de los hechos por parte del afectado, en octubre de 2018 éstos le solicitaron una cantidad de dinero luego de detenerlo en las inmediaciones de la colonia Reforma, por lo que de no pagarlo sería presentado ante la autoridad competente.

“En la investigación realizada por la Sindicatura Procuradora, el afectado narra que uno de sus familiares efectuó el pago a los oficiales, sin embargo éstos no lo entregaron y decidieron entregarlo a otros civiles, quienes se lo llevaron en la cajuela de un carro particular, logrando la víctima escapar esposado y pedir auxilio”, precisó.

Guzmán Valverde señaló que el otro caso relacionado con la suspensión de dos elementos, ocurrió en el momento en que en mayo de 2018 mediante una nota periodística se denuncia lo acontecido y por el oficio que también presentó la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, se tiene el conocimiento de que éstos agentes participaron en una riña al interior de un conocido bar en la zona del Río Tijuana.

“En la investigación se expone que estos dos elementos ahora suspendidos llevaban consigo armas de fuego consideradas de cargo, en un lugar no autorizado para ello, encontrándose fuera de servicio, razón por la cual al acudir al lugar la Policía Municipal los aseguró”, refirió la Síndico.

Guzmán Valverde puntualizó que en ambos casos denunciados, se encontraron elementos por parte de la Sindicatura Procuradora para solicitar la suspensión provisional de los cinco policías municipales, mismos que seguirán su situación jurídica ante las autoridades correspondientes.

El artículo 133 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Baja California, señala que los policías deben abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de las instituciones dentro o fuera del servicio, así como desempeñar su función sin solicitar ni aceptar compensaciones, dádivas, pagos o gratificaciones distintas a las previstas legalmente, así como también abstenerse de ordenar o realizar la detención de persona alguna sin cumplir con los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables.

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